Pensión brasileña para viudo o viuda de extranjero
Cónyuges o parejas extranjeras de brasileños también tienen derecho a pensión brasileña por fallecimiento en Brasil, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en la legislación de seguridad social. A continuación, comprenda la información principal sobre este beneficio.
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¿Todo extranjero puede recibir una pensión por fallecimiento dejada por su cónyuge asegurada en el sistema de seguridad social brasileño?
Sí, siempre y cuando demuestre su condición de cónyuge o pareja. Esto se debe a que, en resumen, tienen derecho a la pensión por fallecimiento los dependientes, cónyuges y/o parejas del asegurado del INSS que fallezca.
Además, hay prioridades para recibir la pensión, como el cónyuge/pareja, los hijos y los equiparados hasta los 21 años de edad, o inválidos o con discapacidad mental o física grave en cualquier edad. Sin embargo, si no hay dependientes/relaciones de este tipo, los padres o hermanos también pueden recibir el beneficio.
¿Cuáles son los requisitos que el fallecido debe haber cumplido para dejar el derecho a la pensión por fallecimiento?
Para dejar el derecho a la pensión por fallecimiento, el asegurado fallecido debía tener la condición de asegurado en el INSS. Por otro lado, el dependiente o cónyuge/pareja debe demostrar la relación con el fallecido y probar su fallecimiento.
Es decir, debe demostrar la unión de hecho o el matrimonio.
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¿Durante cuánto tiempo recibiré la pensión como cónyuge o pareja del asegurado brasileño?
Para cónyuges de fallecidos que contribuyeron por menos de 18 meses o en casos en los que el matrimonio/unión tenga menos de 2 años antes del fallecimiento, la duración de la pensión es de solo 4 meses.
Sin embargo, si el fallecido pagó al INSS durante más de 18 meses y la relación tiene más de 2 años de duración, entonces la duración del beneficio de pensión por fallecimiento para el cónyuge dependerá de la edad que tenía en la fecha del fallecimiento del asegurado del INSS.
Comprenda la duración según la edad del sobreviviente en la siguiente tabla:
EDAD QUE TENÍA EL VIUDO O LA VIUDA EN LA FECHA DEL FALLECIMIENTO | Duración de la pensión por fallecimiento |
cónyuge sobreviviente menor de 21 años de edad | 3 años |
cónyuge sobreviviente entre 21 y 26 años de edad | 6 años |
cónyuge sobreviviente entre 27 y 29 años de edad | 10 años |
cónyuge sobreviviente entre 30 y 40 años de edad | 15 años |
cónyuge sobreviviente entre 41 y 43 años de edad | 20 años |
cónyuge sobreviviente mayor de 43 años de edad | Vitalicia |
Otro punto a considerar:
- En caso de que la persona sea inválida o tenga una discapacidad, la finalización de la invalidez o la superación de la discapacidad se regirá por las reglas mencionadas en el punto 1;
- Se debe pagar la pensión por muerte al ex cónyuge o ex pareja si el falecido pagava pensión alimentícia y terá duración igual el tiempo que aún quedaba por pagar.
Existe un tiempo mínimo de relación para recibir la pensión brasileña por fallecimiento en estos casos?
Sí, según la legislación brasileña, si una unión de hecho ha durado al menos 2 años antes del fallecimiento del asegurado (o si ha contribuido durante más de 18 meses), puedes recibir la pensión por un período más largo. La duración varía según la tabla que mencionamos anteriormente.
Sin embargo, si tienes una unión de hecho con el fallecido durante menos de 2 años, puedes recibir el beneficio durante 4 meses.
Este tiempo mínimo de relación se requiere para evitar fraudes y garantizar que la pensión por fallecimiento se otorgue solo a aquellos que realmente mantenían una relación de afecto y/o dependencia económica con el asegurado fallecido.
Es importante destacar que la pensión por fallecimiento solo puede ser otorgada a un cónyuge o compañero. Sin embargo, si hay otros interesados que deseen recibir la pensión, la persona debe demostrar la existencia de la unión de hecho y el derecho a la pensión por fallecimiento.
Si estábamos separados, pero yo recibía pensión alimenticia, ¿tengo derecho a la pensión brasileña por fallecimiento?
En primer lugar, puedes tener derecho a la pensión por fallecimiento siempre y cuando cumplas con todos los demás requisitos para tener derecho al beneficio.
Según la ley, para que se reconozca el derecho a la pensión por fallecimiento, debes demostrar dependencia económica. Como solicitante de la pensión, debes demostrar la dependencia con el asegurado fallecido. Puede ser una unión de hecho o un matrimonio válido, siempre que se demuestre la existencia de la relación a través de documentos.
En el caso de una separación, la pensión alimenticia puede considerarse como dependencia económica entre el asegurado fallecido y el solicitante de la pensión por fallecimiento, pero debes verificar si se cumplen los demás requisitos y si hay documentos que demuestren la existencia de la unión de hecho o el matrimonio.
¿Los cónyuges del mismo sexo tienen derecho a una pensión de muerte dejada por un asegurado brasileño?
Sí, los cónyuges homoafectivos tienen derecho a una pensión de muerte dejada por un asegurado brasileño de la Seguridad Social.
A partir de 2011, el STF, Supremo Tribunal Federal, reconoció la unión estable entre personas del mismo sexo como equivalente a la unión estable heterosexual. Desde entonces, las parejas del mismo sexo tienen derecho a los mismos beneficios de seguridad social, incluidos los beneficios por fallecimiento.
En principio, para percibir la pensión por fallecimiento se debe acreditar la existencia de una relación estable entre el asegurado fallecido y el solicitante de la pensión. De esta forma, esto puede hacerse a través de documentos que acrediten la convivencia duradera, la dependencia económica y la relación afectiva entre las personas.
Documentos que acrediten Unión Estable/Matrimonio
- Comprobante de domicilio a nombre de ambos (por ejemplo: recibo de agua a nombre de uno y recibo de luz a nombre del otro, en la misma dirección/fecha);
- Declaración del Impuesto sobre la Renta del asegurado, en la que figure el interesado como su dependiente;
- Disposiciones testamentarias;
- Perfiles en Redes Sociales;
- Fotos en eventos sociales;
- Cartas románticas manuscritas;
- Anotación constante en la Tarjeta de Trabajo;
- Declaración especial hecha ante Notario;
- Anotación constante de Registro o Libro de Empleados;
- Acta de nacimiento del hijo en común;
- Certificado de matrimonio religioso;
- Prueba de cargas domésticas evidentes y existencia de sociedad o comunión en actos de la vida civil;
- Poder o caución otorgados recíprocamente;
- Cuenta bancaria conjunta;
- Inscripción en una asociación de cualquier naturaleza donde el interesado figure como dependiente del asegurado;
- Póliza de seguro en la que el asegurado figura como instituidor del seguro y el interesado como su beneficiario;
- Formulario de tratamiento en una institución de atención médica en la que el asegurado aparece como responsable;
- Escritura de compra y venta de bienes por parte del asegurado a favor del dependiente y cualesquiera otros documentos que puedan conducir a la convicción del hecho a probar.
Si recibo una pensión por la muerte de un asegurado brasileño, ¿puedo casarme?
En principio, si está percibiendo una pensión por fallecimiento de un asegurado del INSS, puede contraer matrimonio sin perjuicio de su derecho a la pensión. Sin embargo, si se trata de RPPS (cónyuge funcionario público), es necesario evaluar las propias normas, ya que algunas no permiten el matrimonio.
Además, si se produce algún cambio en tu situación personal, como por ejemplo el matrimonio, deberás comunicarlo a la Seguridad Social para que se pueda comprobar la continuidad de tu derecho a la prestación por fallecimiento. Esta información se debe proporcionar incluso en el caso del INSS. En caso de duda, evalúe con un abogado especialista en derecho de la seguridad social qué es lo mejor que puede hacer en su caso. Al fin y al cabo, si no notificas correctamente, posteriormente se puede considerar fraude y cobrarte la devolución de las cantidades recibidas indebidamente.
Si recibo una pensión brasileña de un asegurado brasileño, ¿puedo trabajar?
Sí, puede trabajar mientras recibe su beneficio por fallecimiento.
Así, salvo que la cuantía del salario elimine la condición de dependencia económica, el trabajo no afecta al derecho a la pensión por fallecimiento, aunque el solicitante fuera ex pareja en el momento del fallecimiento. No obstante, en caso de pérdida de la dependencia económica, la pensión podrá ser suspendida o reducida, según la situación.
Es decir, si usted es un excónyuge/pareja, recibe una pensión por fallecimiento, comenzó a trabajar y su trabajo le dio las condiciones suficientes para mantenerse, entonces su pensión puede ser cancelada.
Si recibo una pensión por la muerte de un asegurado brasileño, ¿puedo jubilarme?
Si está recibiendo un beneficio por muerte de un miembro de la Seguridad Social brasileña, puede jubilarse siempre que cumpla con los requisitos para jubilarse.
Sin embargo, recibirá el 100 % del monto del beneficio más alto y solo una parte del beneficio más bajo.
En consecuencia, el porcentaje del beneficio menor seguirá la tabla:
Monto del beneficio menor | Porcentaje que recibirá el beneficio menor |
Hasta 1 salario mínimo | continúa recibiendo el 100% del beneficio, es decir, sin reducción; |
Más de 1 salario mínimo hasta 2 salarios mínimos | 60% del beneficio; |
Por encima de 2 salarios mínimos hasta 3 salarios mínimos | 40% del beneficio; |
Más de 3 salarios mínimos hasta 4 salarios mínimos | 20% del beneficio; |
A partir de 4 salarios mínimos | 10% del beneficio. |
¿Es necesario que un extranjero esté en Brasil para solicitar una pensión por muerte?
No es necesario que el extranjero esté físicamente presente en Brasil para solicitar la pensión por muerte. Luego de comenzar a percibir la pensión, se puede realizar el trámite de traslado de la prestación al extranjero a distancia, siempre que se presenten todos los documentos necesarios y prueba de dependencia económica con el asegurado fallecido.
Sin embargo, debe analizar si su país impone algún impedimento o restricción para recibir cantidades de Brasil.
¿Un extranjero necesita vivir en Brasil para recibir o continuar recibiendo pagos de pensión brasileña?
No es necesario que el extranjero esté viviendo en Brasil para recibir o continuar recibiendo el pago de la pensión brasileña.
Es decir, el extranjero puede recibir el beneficio aunque esté residiendo en otro país. En el siguiente video te explicamos cómo recibir los beneficios del INSS viviendo en el extranjero.
El texto continúa después del video (video en portugués).
¿Cómo se transfiere el monto del beneficio al extranjero si me mudo?
En definitiva, la transferencia del importe de la prestación al exterior puede realizarse mediante transferencia bancaria o mediante pago en moneda extranjera en una sucursal bancaria en el exterior.
Para ello, el beneficiario deberá solicitar al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) la transferencia de los importes a su cuenta. Sin embargo, esto solo se puede hacer si el país al que quieres enviar el dinero tiene un convenio internacional de seguridad social firmado con Brasil.
Si el país tiene convenio, entonces debes informar el cambio de domicilio en el extranjero y proporcionar los datos bancarios del país donde vives y la cuenta en la que deseas recibir el pago.
Así, el proceso de transferencia de la prestación al extranjero puede demorar un tiempo y el INSS puede solicitar información adicional, como prueba de cambio de residencia.
En otros casos, cuando no existe un convenio internacional de pensiones con Brasil, debe enviar remesas mensuales al exterior, pagando las tasas e impuestos correspondientes. Para ello, designe un abogado en Brasil o busque un servicio especializado en remesas de este tipo.
¿Cuáles son las pruebas para acreditar que estaba casado o tenía unión estable asegurada por el INSS que falleció?
En resumen, la prueba para probar que existió unión o matrimonio estable con un asegurado del INSS fallecido para pensión brasileña, incluye:
- Comprobante de domicilio a nombre de ambos (por ejemplo: recibo de agua a nombre de uno y recibo de luz a nombre del otro, en la misma dirección/fecha);
- Declaración del Impuesto sobre la Renta del asegurado, en la que figure el interesado como su dependiente;
- Disposiciones testamentarias;
- Perfiles en Redes Sociales;
- Fotos en eventos sociales;
- Cartas románticas manuscritas;
- Anotación constante en la Tarjeta de Trabajo;
- Declaración especial hecha ante Notario;
- Anotación constante de Registro o Libro de Empleados;
- Acta de nacimiento del hijo en común;
- Certificado de matrimonio religioso;
- Prueba de cargas domésticas evidentes y existencia de sociedad o comunión en actos de la vida civil;
- Poder o caución otorgados recíprocamente;
- Cuenta bancaria conjunta;
- Inscripción en una asociación de cualquier naturaleza donde el interesado figure como dependiente del asegurado;
- Póliza de seguro en la que el asegurado figura como instituidor del seguro y el interesado como su beneficiario;
- Formulario de tratamiento en una institución de atención médica en la que el asegurado aparece como responsable;
- Escritura de compra y venta de bienes por parte del asegurado a favor del dependiente y cualesquiera otros documentos que puedan conducir a la convicción del hecho a probar.
¿Necesito traducir pruebas que sean de mi país de origen? ¿Cuáles son las reglas para la traducción?
Sí, es necesario traducir las pruebas que están en otro idioma al portugués, incluso los documentos que vienen de otro país. Así, la traducción debe ser realizada por un traductor público debidamente acreditado por el Consejo Regional de Traductores e Intérpretes (CRTI) o por el Ministerio de Justicia.
Además, la traducción debe incluir la identificación del traductor público, su firma y el sello oficial. También es importante que la traducción sea fiel al original y pruebe la autenticidad del documento.
Por ejemplo, en algunos casos, el INSS puede solicitar la presentación de una copia certificada del documento original, además de la traducción. En este caso, la autenticación debe ser realizada por un consulado o un notario.
Por ello, se recomienda consultar las normas específicas de traducción de documentos en el país de origen y consultar a un profesional de la Seguridad Social.
¿Cuál es el plazo para reclamar el beneficio después de la fecha de fallecimiento?
No hay un período máximo de aplicación, pero hay un período para recibir el monto del beneficio a partir de la fecha de la muerte.
Es decir, lo que existe es un plazo para que usted reciba los atrasos desde el fallecimiento. Si no respeta este plazo, recibirá la pensión solo después de presentar la solicitud al INSS.
Por lo tanto, tiene hasta 90 días después de la muerte para solicitar el beneficio del INSS y recibir el pago a partir de la fecha de la muerte.
Sin embargo, cuanto antes se haga el pedido, mejor. Solicitar la pensión brasileña por fallecimiento poco tiempo después del fallecimiento del asegurado reduce el riesgo de que la solicitud sea rechazada y permite recibir importes retroactivos desde la fecha del fallecimiento.
¿Cuánto es la pensión brasileña?
La cuantía de la pensión brasileña se calculará en función de la pensión percibida por el causante o de la prestación por incapacidad permanente a la que hubiera tenido derecho de haber sobrevivido.
En general, para los fallecimientos ocurridos con posterioridad a la reforma previsional en 2019, el valor de la pensión por fallecimiento es equivalente al 50% del salario de prestación del asegurado, más un 10% por cada dependiente adicional, hasta un límite del 100% del salario de prestación.
Es decir, si van a recibir el beneficio 3 personas, digamos, una madre y dos hijos, entonces el valor será del 50% de la pensión a la que tenía derecho el fallecido, más 10% por cada dependiente. En total, el importe de la pensión será del 80% (50% + 30%).
¿Cómo se reparte el importe de la pensión brasileña por fallecimiento de un extranjero?
Las reglas para dividir el monto de la pensión brasileña aplicadas a los brasileños también se aplican a los solicitantes extranjeros. Es decir, se pagará una cantidad igual por cada dependiente que tenga derecho a la pensión.
¿Qué debo hacer si mi reclamo de beneficio por muerte es denegado/rechazado?
Si el INSS deniega o rechaza la solicitud de pensión por fallecimiento, es posible interponer un recurso administrativo contra la decisión o presentar una demanda.
De hecho, el recurso debe ser remitido a la junta de apelación de la Seguridad Social dentro de los 30 días siguientes a la fecha de notificación de la resolución.
Por tanto, en el recurso deberá presentar todos los argumentos y pruebas que acrediten su derecho a la prestación por fallecimiento, incluidos los documentos que acrediten la relación familiar con el asegurado fallecido y su situación económica.
Además, puede interponer la demanda sin pasar por el recurso administrativo. En Brasil, para presentar un reclamo en la corte, debe tener un abogado. Además, en el caso de pensión por fallecimiento, el abogado ideal es el abogado de la seguridad social.
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Amanda Zandonai
Advogada OAB 121.577/RS, bacharela em direito pelo IPA METODISTA, especialista em direito internacional e digital. Atua na Koetz Advocacia no setor de recepção e análise de novos casos de direito migratório.
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